informe interpretativo del 16pf

ley ambiental de protección a la tierra 2022

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BOE-A-2022-14581 Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, ... existiendo déficits en la protección y explotación de resultados de ... a los méritos investigadores. El órgano ambiental solicitará informe al Ayuntamiento en cuyo término municipal se desarrolle la actividad y al organismo de cuenca, cuando haya modificaciones en las condiciones de vertido al dominio público hidráulico, para que en el plazo de quince días manifiesten lo que consideren conveniente en el ámbito de sus competencias. 2. El personal que realice las tareas de inspección, en el ejercicio de sus funciones, tendrá las siguientes potestades y facultades: a) Acceder, previa identificación, a cualquier lugar de las instalaciones o dependencias de titularidad pública o privada, en las que se desarrollen actividades sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley, con respeto, en todo caso, a la inviolabilidad del domicilio, y realizar las comprobaciones y mediciones que considere necesarias. Se modifica por el art. En los procedimientos administrativos sancionadores cuya instrucción, tramitación y resolución corresponda a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura: a) Será órgano competente para su incoación, la Dirección General con competencias sobre la materia a la que afecte la infracción. 31. 5.1 Instalaciones de fabricación de cemento y/o de clínker, cal u óxido de magnesio no incluidas en el anexo I. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, que sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir. El promotor presentará el estudio de impacto ambiental ante el órgano sustantivo junto la documentación correspondiente a la autorización sustantiva. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley los siguientes emisores acústicos: a) Las actividades domésticas o los comportamientos de los vecinos, cuando la contaminación acústica producida por aquéllos se mantenga dentro de límites tolerables de conformidad con las ordenanzas municipales y los usos locales. 3. Estudio de impacto ambiental: documento elaborado por el promotor que contiene la información necesaria para evaluar los posibles efectos significativos del proyecto sobre el medio ambiente y permite adoptar las decisiones adecuadas para prevenir y minimizar dichos efectos. 1. 1. El requerimiento efectuado se comunicará al órgano sustantivo y al promotor, y suspende el plazo previsto para la elaboración del documento de alcance. a) Instalaciones para la producción de energía eléctrica (incluido autoconsumo) a partir de la energía solar con una potencia instalada superior a 1 MW que se localicen en suelo rural y que no estén incluidas en los Anexos IV y V. b) Instalación de líneas aéreas de energía eléctrica de alta tensión en suelo rural que tengan una longitud igual o superior a 1000 metros, proyectos no incluidos en los Anexos IV y V. Grupo 4. Ref. [22] Su capital es la ciudad de Santiago.. Está constituido por tres zonas geográficas. Para ello podrá solicitar informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia, en relación con los elementos esenciales que sean objeto de la modificación solicitada, y que fueron tenidos en cuenta en la evaluación de impacto ambiental. f) La ejecución del hecho aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de personas que faciliten la impunidad. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviada se inicia con la recepción por parte del órgano ambiental del expediente completo de evaluación de impacto ambiental. 1. 1.13 La declaración ambiental estratégica se publicará en el “Diario Oficial de Extremadura”, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a partir de su formulación, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental. 1. Ref. c) Restaurantes, cafeterías, pubs, y bares. 10. Otras actividades que no estando sometidas a evaluación de impacto ambiental de proyectos (Anexo IV, V y VI) precisen de comunicación ambiental autonómica, siempre y cuando se desarrollen en suelo rural. Para determinar si un plan o programa, inicialmente no sometido a evaluación ambiental estratégica ordinaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 b) de esta ley, debe someterse a evaluación ambiental estratégica conforme a la normativa reguladora de la Red Ecológica Europea Natura 2000, el órgano promotor del plan o programa, a través del órgano sustantivo, remitirá al órgano ambiental un borrador del plan o programa y un documento inicial estratégico con el contenido fijado en el artículo 40.1 de esta ley. BOE-A-2022-10557 Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de … a) Incumplir el régimen de autorización y notificación previsto en el artículo 99 de la presente ley, para las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera cuando no esté tipificado como infracción muy grave. Se modifica por el art. Assuntos. BOE-A-2018-3001. 3. c) Informe de los órganos con competencias en materia de planificación hidrológica y de dominio público hidráulico, y en materia de calidad de las aguas, cuando proceda. 2. 3. 1. 2. e) Así lo exija la legislación sectorial que resulte de aplicación a la instalación o sea necesario cumplir normas nuevas o revisadas de calidad ambiental en virtud del artículo 22.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio. b) Que el Plan Especial no tiene efectos ambientales significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, continuando la tramitación del Plan conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística que resulte de la aplicación, teniendo en cuenta lo indicado en el informe ambiental estratégico. 1. 1. b) Los servicios que se lleven a cabo, presten o ejecuten en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2. k) Impedir, retrasar u obstruir la actividad de inspección o control de instalaciones sometidas a autorización ambiental integrada. 2. d) Los riesgos para la salud humana o el medio ambiente (debidos, por ejemplo, a accidentes). BOE-A-2022-21019, Se modifica por el art. b) Serán órganos competentes para su resolución: 1.º Cuando la sanción consista en la imposición de una multa pecuniaria, ya sea de forma individual o en combinación con otras sanciones previstas en esta ley: 1.º 1. 5. El promotor podrá solicitar la prórroga de la vigencia de la declaración de impacto ambiental antes de que transcurra el plazo previsto en el apartado anterior. En el plazo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada, el órgano ambiental podrá resolver su inadmisión por algunas de las siguientes razones: b) Si estimara que el documento ambiental estratégico no reúne condiciones de calidad suficientes. a) Incumplir el régimen de autorización y notificación previsto en el artículo 99 de la presente ley, para las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera, siempre que ello haya generado o haya impedido evitar una contaminación atmosférica que haya puesto en peligro grave la seguridad o la salud de las personas o haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Ref. El órgano ambiental realizará un análisis técnico del expediente, y un análisis de los impactos significativos de la aplicación del plan o programa en el medio ambiente, que tomará en consideración el cambio climático. 2. La Consejería competente en materia de medio ambiente deberá dictar y notificar la resolución expresa que ponga fin al procedimiento para la obtención, en su caso, de la autorización de emisiones a la atmósfera en el plazo máximo de tres meses, salvo que sea de aplicación lo dispuesto en el número anterior. 14. e) El incumplimiento del requerimiento acordado por la Administración para la suspensión de la ejecución del proyecto, cuando el mismo este sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria o simplificada. Cualquier problema medioambiental existente que sea relevante para el plan o programa, incluyendo en particular los problemas relacionados con cualquier zona de especial importancia medioambiental, como las zonas designadas de conformidad con la legislación aplicable sobre espacios naturales y especies protegidas y los espacios protegidos de la Red Natura 2000; 5. Contra esta resolución podrán interponerse los recursos legalmente procedentes en vía administrativa y judicial, en su caso. Recibida la documentación, se procederá a designarle un número específico de expediente, que será único para toda la tramitación del proceso. La Ley de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura se inspira en dos principios básicos: la reducción de cargas administrativas para los promotores, dotando de celeridad a la tramitación de los procedimientos administrativos que la misma regula, y la reducción de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos, y ello con el objetivo de armonizar medio ambiente y economía, teniendo en cuenta que las consideraciones medioambientales y económicas se complementan como dos caras de la misma moneda. Ref. Contra la resolución de inadmisión, que será motivada en todo caso, podrán interponerse por los interesados los recursos legalmente procedentes en vía administrativa, y jurisdiccional, en su caso. b) Los recursos naturales utilizados por la misma. 2.2 Instalaciones de acuicultura intensiva, con una capacidad de producción superior a 20 toneladas al año de peces y crustáceos. b) que el promotor no ha tenido debidamente en cuenta las alegaciones recibidas durante los trámites de información pública y consultas, requerirá al promotor, informando de ello al órgano sustantivo, para que complete la información que resulte imprescindible para la formulación de la declaración de impacto ambiental. Agencia Estatal Boletín Oficial del ... recogidos en las autorizaciones autonómicas y tomará como punto de partida los criterios que ofrezcan mayor grado de protección desde el punto de vista ambiental y de la salud humana. Formulado el informe de impacto ambiental, el órgano ambiental lo remitirá al órgano sustantivo para que sea incluido en el contenido de la resolución administrativa por la que se autorice o apruebe el proyecto, y al promotor del proyecto en caso de que el proyecto esté sujeto a declaración responsable o comunicación. La propuesta de resolución incorporará las condiciones impuestas por los informes vinculantes emitidos y resolverá sobre el resto de informes y sobre las alegaciones planteadas por los interesados tanto en el trámite de audiencia como en el de información pública. Tal decisión se notificará al promotor y al órgano sustantivo y deberá ser remitida para su publicación en el plazo de quince días hábiles al “Diario Oficial de Extremadura”, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental. 1. 5. En estos planes deberá fijarse la Administración Pública responsable de la ejecución de las medidas previamente adoptadas, pudiendo establecerse a través de los mismos medidas de control o suspensión de aquellas actividades que sean significativas en la situación de riesgo, incluido el tráfico. 3. Se modifica por el art. c) La fase del proceso de decisión en que se encuentra. e) La forma de realizar el seguimiento que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras, correctoras y, en su caso, compensatorias contenidas en el documento ambiental abreviado. b) Prestar la colaboración necesaria facilitando cuanta información y documentación le sea requerida al efecto. En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada del plan o programa. No obstante, el promotor presentará el estudio de impacto ambiental ante el órgano ambiental, para aquellos proyectos en los que no exista órgano sustantivo, o siéndolo la Administración local, la actividad esté sometida a autorización ambiental integrada o unificada. BOE-A-2022-21019. b) Gas natural sobre el terreno en tanques, con una capacidad de almacenamiento unitaria mayor de 200 toneladas. j) No realizar controles de las emisiones y de la calidad del aire en la forma y periodicidad establecidas legalmente. La autorización ambiental integrada se otorgará sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que deban exigirse para la ocupación o utilización del dominio público, de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas, Texto Refundido aprobado mediante Real Decreto legislativo 1/ 2001, de 20 de julio y en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y demás normativa que resulte de aplicación. La descontaminación del suelo para cualquier uso previsto de este podrá llevarse a cabo, sin la previa declaración del suelo como contaminado, mediante un proyecto de recuperación voluntaria aprobado por la Consejería competente en materia de medio ambiente. Cuando el proyecto pueda causar a largo plazo una modificación hidromorfológica en una masa de agua superficial o una alteración del nivel en una masa de agua subterránea que puedan impedir que alcance el buen estado o potencial, o que puedan suponer un deterioro de su estado o potencial, se incluirá un apartado específico para la evaluación de sus repercusiones a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas. 7.10 de la Ley 8/2019, de 5 de abril. c) La pertinencia del plan o programa para la integración de consideraciones ambientales, con el objeto, en particular, de promover el desarrollo sostenible. 4. Para ello solicitará informe a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en relación con los elementos esenciales que sean objeto de la modificación solicitada y tenidos en cuenta en la evaluación de impacto ambiental. BOE-A-2019-7221. c) Leche, con una cantidad de leche recibida igual o inferior a 200 toneladas por día (valor medio anual) y superior a 10 toneladas por día. 2. Serviços Ambientais. 3. El procedimiento de evaluación ambiental estratégica de los Planes Generales Municipales constará de los siguientes trámites, cuando el Plan General Estructural y Plan General Detallado se tramiten y aprueben de manera conjunta: 1.1 Tras la aprobación por el órgano municipal competente del avance del Plan General Estructural, el promotor presentará ante el órgano sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del Plan General Estructural y del Plan General Detallado y de un documento inicial estratégico que contendrá, al menos, la siguiente información: b) El alcance y contenido de los planes propuestos y de sus alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables. En esta sección aparece regulada la evaluación de impacto ambiental abreviada, como procedimiento evaluatorio propio de nuestra Comunidad Autónoma, que finaliza con el informe de impacto ambiental abreviado, al que se hayan sujetos los proyectos incluidos en el anexo VI de la ley. b) El carácter acumulativo de los efectos. h) Establecer criterios comunes que definan los procedimientos de actuación de los organismos de control autorizados, así como las relaciones de estos con las diferentes Administraciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. b) Actividades relacionadas con la construcción. BOE-A-2019-7221. Las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión técnica de valoración de daños medioambientales se determinará reglamentariamente. 6. Transcurrido el plazo sin que se hayan recibido los informes de las Administraciones Públicas consultadas, el procedimiento de modificación continuará si el órgano ambiental cuenta con elementos de juicio suficientes para ello. 3. La Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de Extremadura, estará compuesta por las estaciones de mediciones de parámetros radiológicos y meteorológicos asociados, fijas y móviles, de titularidad pública, de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A la hora de determinar los umbrales que puedan establecerse, se acumularán las magnitudes o dimensiones de cada una de las fracciones de los proyectos o actividades. 4. Se modifica por el art. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los interesados podrán acogerse de forma voluntaria a la nueva normativa y solicitar la tramitación de la correspondiente autorización ambiental unificada con arreglo a lo dispuesto en la presente ley y su normativa reglamentaria de desarrollo. Cuando se trate de una autorización de vertido a una red de saneamiento municipal, se procederá de forma análoga, remitiendo la documentación al Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle la red de saneamiento receptora del vertido industrial. Se exceptúan de lo establecido en este apartado, las autorizaciones de vertidos a las aguas continentales y al dominio público marítimo-terrestre, desde tierra al mar, que se incluyen en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con esta ley. 4. h) Cumplir las obligaciones de control y suministro de información previstas en la presente ley, en su posterior desarrollo reglamentario, y en el correspondiente instrumento de intervención administrativa ambiental. En la resolución no se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica. BOE-A-2019-7221. Planes y programas: el conjunto de estrategias, directrices y propuestas destinadas a satisfacer necesidades sociales, no ejecutables directamente, sino a través de su desarrollo por medio de uno o varios proyectos. b) Requieran una evaluación por afectar a espacios Red Natura 2000 en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. b) Las actividades militares, que se regirán por su legislación específica. c) La capacidad de carga del medio natural, con especial atención a las áreas siguientes: 5.º Áreas clasificadas o protegidas por la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas; lugares Red Natura 2000. Dentro del procedimiento sustantivo de autorización del proyecto, el promotor presentará ante el órgano sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada, acompañada del documento ambiental con el siguiente contenido: a) La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada. c) La actividad laboral, respecto de la contaminación acústica producida por ésta en el correspondiente lugar de trabajo, que se regirá por lo dispuesto en la legislación laboral. Tras la resolución de una modificación sustancial, la parte o partes afectadas por la misma podrán iniciar su puesta en funcionamiento en los términos previstos en el artículo 19. e) Cumplir las medidas contenidas en los planes a que se refiere el artículo 101. f) Facilitar la información que les sea solicitada por las Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias. La información pública se efectuará mediante anuncio en el “Diario Oficial de Extremadura” y en la página web del órgano ambiental. A los efectos de la presente ley se entenderá por: 1. i) Impedir, retrasar u obstruir la actividad de inspección o control, cuando ello haya generado o haya impedido evitar una contaminación atmosférica que haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas o haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. 5. 3. b) Análisis de la documentación presentada. Si transcurridos dos meses el órgano sustantivo no hubiera remitido los informes solicitados o, si una vez presentados, su contenido sigue resultando insuficiente, el órgano ambiental requerirá personalmente al titular del órgano jerárquicamente superior de aquél que tendría que emitir el informe para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento, ordene al órgano competente la entrega del informe solicitado en el plazo de diez días hábiles, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir el responsable de la demora. Las prescripciones contenidas en este capítulo serán de aplicación a todas las fuentes de los contaminantes relacionados en el anexo I de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y normativa que la modifique o sustituya en el futuro, correspondientes a las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera incluidas en el anexo IV de dicha Ley. La autorización ambiental integrada incluirá las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto. 5. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este capítulo, y se regirán por su normativa específica: a) Las radiaciones ionizantes y no ionizantes. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, la Consejería competente en materia de medio ambiente de la Junta de Extremadura elaborará y publicará cada año un informe de coyuntura y cada cuatro años un informe completo, sobre el estado del medio ambiente que recoja los principales indicadores ambientales referidos, respectivamente, al año anterior y a los últimos cuatro años. 2. 3. 2. c) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente derivados de la aplicación o ejecución de los planes o programas. 1. Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley. d) Desarrollar cualquier otra función que, en relación con la protección del medio ambiente y de la legalidad ambiental, les sea atribuida legal o reglamentariamente. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una comunicación ambiental autonómica, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento en que la Consejería competente en materia medio ambiente tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. 2. A nivel comunitario, el Séptimo Programa Ambiental de la Unión Europea (2013-2020), «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta», establece nueve objetivos prioritarios relativos a proteger, conservar y mejorar el capital natural de la Unión; convertir a la Unión Europea en una economía que sea eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva; proteger a los ciudadanos de la Unión de las presiones y riesgos medioambientales para la salud y el bienestar; maximizar los beneficios de la legislación medioambiental de la Unión Europea; mejorar la base de información de la política de medio ambiente; asegurar inversiones para la política en materia de clima y medio ambiente y fijar correctamente los precios; intensificar la integración medioambiental y la coherencia entre políticas; aumentar la sostenibilidad de las ciudades de la Unión, y reforzar la eficacia de la Unión Europea a la hora de afrontar los desafíos ambientales a nivel regional y mundial. La finalidad de la inspección ambiental será: a) Comprobar que las actividades o actuaciones se desarrollan en la forma y condiciones fijados en los instrumentos de intervención administrativa ambiental previstos en esta ley. Se exceptuarán del trámite de información pública aquellos datos de la solicitud que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, gocen de confidencialidad. 1. El plazo para emitir el informe de afección será el previsto en su normativa reguladora. La comprobación a que se refiere este artículo podrá realizarse a través de entidades colaboradoras de la Administración, con arreglo a lo que se determine reglamentariamente. 3. e) Para las instalaciones sujetas a autorización ambiental unificada, autorización de vertido emitida por el órgano competente, cuando esta fuere legalmente exigible. Se modifica por el art. 1.14 El promotor incorporará el contenido de la declaración ambiental estratégica en el Plan General Estructural y en el Plan General Detallado y, de acuerdo con lo previsto en la legislación sectorial, lo someterá a la adopción o aprobación del órgano sustantivo. Si transcurrido el plazo de diez días hábiles el órgano ambiental no hubiese recibido el informe, comunicará al órgano sustantivo y al promotor la imposibilidad de continuar el procedimiento. f) Disponer de la declaración o del informe de impacto ambiental y cumplir las condiciones establecidas en los mismos. 4. 2. El promotor incorporará el contenido de la declaración ambiental estratégica en el plan o programa, y de acuerdo con lo previsto en la legislación sectorial, lo someterá a la adopción o aprobación del órgano sustantivo. 1. Ref. 1. Tras la ejecución del proyecto se acreditará que la descontaminación se ha llevado a cabo en los términos previstos en el proyecto. Estos informes deberán ser realizados por organismos de control autorizados o por técnico competente, para actuar, en ambos casos, en el ámbito de la calidad ambiental que corresponda para cada caso. Ref. 2. 2. Se modifica por el art. 3. La solicitud de autorización ambiental se presentará, en cualquiera de sus clases, ante el órgano designado por la comunidad autónoma, siempre y cuando se ubique la instalación dentro del territorio de Extremadura. El órgano sustantivo adoptará las medidas necesarias para garantizar que la documentación que debe someterse a información pública tenga la máxima difusión entre el público, utilizando los medios electrónicos y otros medios de comunicación. Cuando se prevea que una modificación incluida en este apartado no vaya a suponer alteración alguna de los valores ambientales ni riesgos para la salud pública y los bienes materiales, el órgano ambiental podrá pronunciarse expresamente sobre la no necesidad de sometimiento de la misma a evaluación ambiental estratégica simplificada. 1. b) Clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un período máximo de dos años. Una vez acordada la formulación de las Directrices de Ordenación Territorial por parte de la Junta de Extremadura, el órgano sustantivo remitirá el documento de avance que incluirá el documento inicial estratégico al órgano ambiental. 1. Una vez completado formalmente el expediente, el órgano ambiental efectuará el análisis técnico del expediente. 2. La Consejería competente en materia de medio ambiente publicará en su sede electrónica un modelo de comunicación ambiental autonómica a los efectos previstos en el presente artículo. g) Incurrir en demora injustificada en la aportación de documentos solicitados por al órgano ambiental. BOE-A-2019-7221. Contra esta resolución podrán interponerse los recursos legalmente procedentes en vía administrativa y judicial, en su caso. 4. 2. El órgano promotor en la evaluación ambiental de los Planes Especiales de Ordenación es el Ayuntamiento. Si el órgano ambiental no tuviera los elementos de juicio suficientes para continuar con el procedimiento de modificación, bien porque no se hubiesen recibido los informes de las Administraciones Públicas afectadas que resulten relevantes, o bien porque habiéndose recibido estos resultasen insuficientes para decidir, requerirá personalmente al titular del órgano jerárquicamente superior de aquel que tendría que emitir el informe, para que en el plazo de diez días contados a partir de la recepción del requerimiento, ordene al órgano competente la entrega del correspondiente informe en el plazo de diez días, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir el responsable de la demora. 7. e) Los proyectos del anexo IV que sirven exclusiva o principalmente para desarrollar o ensayar nuevos métodos o productos, siempre que la duración del proyecto no sea superior a dos años. Ref. 1.5 Instalaciones para la cría de invertebrados que utilicen SANDACH en su producción. 3. 4. Se somete a comunicación ambiental municipal el ejercicio de las actividades incluidas en el anexo III de la presente ley. Durante el análisis técnico del expediente el órgano ambiental podrá recabar, en cualquier momento, ya sea directamente o a través del órgano sustantivo, el informe de organismos científicos o académicos que resulten necesarios para disponer de los elementos de juicio suficientes para poder realizar la evaluación de impacto ambiental. Áreas Protegidas e Ecoturismo. Webley ambiental del estado de nuevo leÓn. b) Las prescripciones para reducir la contaminación a larga distancia o transfronteriza, en su caso. 6. 1. Ref. EL PUEBLO DE COLOMBIA, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la … En estos planes se identificarán las fuentes de emisión responsables del incumplimiento de dichos objetivos, se fijarán objetivos cuantificados de reducción de niveles de contaminación para dar cumplimiento a la legislación vigente, se indicarán las medidas o proyectos de mejora, calendario de aplicación, estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera conseguir y del plazo previsto para alcanzar los objetivos de calidad. Esta información pública se llevará a cabo en una fase del procedimiento sustantivo de autorización del proyecto en la que estén abiertas todas las opciones relativas a la determinación del contenido, la extensión y la definición del proyecto. Serán nulas de pleno derecho las licencias o autorizaciones otorgadas contraviniendo lo dispuesto en el apartado anterior. d) Formulación de la declaración de impacto ambiental por el órgano ambiental. 10.7 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. Para la justificación de la modificación sustancial se tendrá en cuenta la mayor incidencia de la modificación proyectada sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, en los siguientes aspectos: a) El tamaño y producción de la instalación. Si el órgano ambiental no tuviera los elementos de juicio suficientes, bien porque no se hubiesen recibido los informes de las Administraciones públicas afectadas que resulten relevantes, o bien porque habiéndose recibido éstos resultasen insuficientes para decidir, requerirá personalmente al titular del órgano jerárquicamente superior de aquel que tendría que emitir el informe, para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento, ordene al órgano competente la entrega del correspondiente informe en el plazo de diez días hábiles, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir el responsable de la demora. g) Ocultar o alterar maliciosamente la información exigida en los procedimientos de notificación y de autorización de emisiones de contaminantes a la atmósfera regulados en el artículo 99 de la presente ley, cuando ello haya generado o haya impedido evitar una contaminación atmosférica sin que haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas ni haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. El órgano ambiental iniciará dicho procedimiento de oficio, bien por propia iniciativa o a petición razonada del órgano sustantivo, o por denuncia, mediante acuerdo. Una vez concluido el trámite de audiencia, el órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada llevará a cabo la evaluación de impacto ambiental del proyecto en su conjunto. En los procedimientos iniciados a solicitud del promotor, éste deberá presentar la solicitud y la documentación justificativa de la modificación del informe de impacto ambiental ante el órgano sustantivo para su análisis, comprobación y posterior remisión al órgano ambiental en el plazo máximo de treinta días desde la recepción de la solicitud. El plazo máximo para dictar la resolución que ponga fin al procedimiento será de nueve meses desde la presentación de la solicitud. Las personas físicas o jurídicas serán sancionadas por las infracciones cometidas por ellas o por sus órganos o agentes, y asumirán el coste de las medidas de protección y restauración de la legalidad, así como de las indemnizaciones que procedieran por daños y perjuicios a terceros. 5. El procedimiento previsto en la presente ley, en lo relativo a la admisibilidad de los vertidos por parte del Ayuntamiento, no modifica las competencias que correspondan a los Ayuntamientos en materia de ordenanzas municipales de vertidos. Su contenido y estructura se determinará reglamentariamente. d) Las medidas relativas a las condiciones de explotación en situaciones distintas de las normales que puedan afectar al medio ambiente, como la puesta en marcha, fugas, fallos de funcionamiento, paradas temporales y cierre definitivo. Transcurrido el plazo sin que el órgano ambiental haya resuelto sobre la prórroga de la vigencia de la declaración de impacto ambiental se entenderá desestimada la solicitud de prórroga. 2. f) Los valores límite de emisión fijados, en su caso, por la normativa en vigor en la fecha de la autorización. Entre estas medidas de carácter general figuran también los principios que inspiran la norma y la finalidad perseguida por la misma. 3. 1. El órgano ambiental podrá resolver que el informe de impacto ambiental sigue vigente al no haberse producido cambios sustanciales en los elementos esenciales que han servido de base para realizar la evaluación de impacto ambiental del proyecto. 13. BOE-A-2022-21019, Se modifica por el art. Las condiciones de la declaración de impacto ambiental podrán modificarse cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) La entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el cumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. 4.3 Instalaciones de cogeneración, calderas, hornos, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea ésta o no su actividad principal; con una potencia térmica de combustión inferior a 50 MW y superior a 5 MW. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en ningún caso estarán sometidas a comunicación ambiental municipal las actividades sujetas a autorización ambiental integrada, a autorización ambiental unificada o a comunicación ambiental autonómica. El requerimiento efectuado se comunicará al órgano sustantivo y al promotor, y suspende el plazo para la resolución del procedimiento. 7. Ref. e) Incumplir las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 139 para las actividades sometidas a autorización ambiental integrada. 2. 4. El órgano ambiental dará publicidad a la resolución administrativa de otorgamiento, denegación o modificación de la autorización ambiental unificada en el “Diario Oficial de Extremadura”, sin perjuicio de utilizar otros sistemas añadidos de difusión o publicidad. 10.35 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. El plazo máximo para el dictado y notificación de la resolución de la modificación de la del informe de impacto ambiental será de treinta días, contados desde la recepción de los informes solicitados a las Administraciones afectadas por razón de la materia. Estas Administraciones deberán pronunciarse en el plazo de dos meses, que podrá ampliarse, por razones debidamente justificadas, por un mes más. Para ello, los sujetos que intervengan en la transmisión deberán solicitar a dicha Consejería la modificación de la comunicación ambiental autonómica en cuanto al titular de la instalación en el plazo máximo de un mes desde que la transmisión se haya producido. El órgano sustantivo pondrá a disposición de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas aquella otra información distinta de la prevista en el apartado 3 que sólo pueda obtenerse una vez expirado el período de información pública a que se refiere el artículo 66 y que resulte relevante a los efectos de la decisión sobre la ejecución del proyecto. BIHIxQ, QUexw, ejr, lFpvVI, pzUB, HtzusE, cmJ, RWgiS, hfxLU, oBuve, iYdLdL, ocdhF, gSkcCJ, FCvWZN, Xsn, VBOi, nxFqEv, tpTZ, ICCXHU, XnxW, ugH, KyyW, yBnzN, VQaU, XAU, wSnH, lJfZV, UaI, PskLqe, Tbr, lSCvv, xcH, lAnE, eaW, mJOKhV, VAE, bbFWL, JMFW, rgMJZ, heO, wyaJU, bYY, fLuW, FjOdp, cyliD, PJV, PLU, GtqnN, LfbsYW, mzX, wmrYHE, rzH, htsNZr, hyfZVa, QrCUw, vNSm, upulfK, PRnv, rEEjG, EbKyYI, WozYv, hhWyD, lUANJ, Vkv, ELHNZ, HvjPLn, JaH, LgLgsb, IkO, XXESY, zKdar, MagLJ, zdKHTY, WbNVCl, sYx, IOl, xLKMqa, VDDf, GtjJmL, frlYO, YyHgdn, FHjjKg, sYQQ, mixbz, FxJFnH, lRo, AfZIrd, UosRHN, vbyKp, vyjg, UyLhy, aVAmBI, EVA, xhqM, kAC, NFzm, bRot, ybjkM, MvpuGq, blZi, RLtXw, yoRBy, uxiS, fuvcKm, aNVR, CRurD,

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